Capítulo IIDe la Organización
Ley de Asociaciones Intermunicipales del Estado de Jalisco · arts. 18 a 35
Artículos
- Art. 18Estructuración Orgánica 1. Las asociaciones intermunicipales se organizarán como Organismo Público Descentralizado Intermunicipal…
- Art. 19De la Junta de Gobierno 1. La Junta de Gobierno es el órgano de gobierno, máxima instancia de coordinación política y toma de…
- Art. 20De la Presidencia de la Junta de Gobierno 1. La presidencia de la Junta de Gobierno será rotativa entre todos los presidentes o…
- Art. 21Del Organismo Público Descentralizado Intermunicipal 1. El organismo público descentralizado intermunicipal tiene personalidad…
- Art. 22De la Junta de Gobierno 1. La Junta de Gobierno estará compuesta por los presidentes y las presidentas municipales que conforman…
- Art. 23De la Presidencia de la Junta de Gobierno 1. La Junta de Gobierno será presidida únicamente por un presidente o una presidenta…
- Art. 24De las suplencias de los integrantes de la Junta de Gobierno 1. Los integrantes de la Junta de Gobierno, a excepción del…
- Art. 25De las sesiones ordinarias y extraordinarias 17 1. Las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno serán al menos una vez cada…
- Art. 26De los acuerdos de la Junta de Gobierno 1. Los acuerdos que tome la Junta de Gobierno serán tomados por mayoría de votos, en caso…
- Art. 27De las Atribuciones de la Junta de Gobierno 1. La Junta de Gobierno cuenta con las siguientes atribuciones: I. Determinar y…
- Art. 28De la designación, toma de protesta y remoción del Director General. 1. Para la designación del titular de la Dirección General…
- Art. 29De las atribuciones del Presidente o Presidenta de la Junta de Gobierno 1. Son atribuciones del Presidente o la Presidenta de la…
- Art. 30Del Consejo de Participación Ciudadana 1. La asociación intermunicipal tendrá un consejo de participación ciudadana, que será el…
- Art. 31De la integración del Consejo de Participación Ciudadana, de los requisitos para ser miembro y de las sesiones 1. El consejo de…
- Art. 32De los requisitos para ser titular de la Dirección General del Organismo Público Descentralizado Intermunicipal 1. Para ser…
- Art. 33De las facultades y obligaciones del Director General 1. El titular de la dirección general, es el encargado de ejecutar los…
- Art. 34De la organización administrativa de la Asociación Intermunicipal 1. Para el mejor funcionamiento de la asociación…
- Art. 35De los incentivos 1. Las asociaciones intermunicipales gozan de los siguientes incentivos: I. Los proyectos de inversión pública…