De los acuerdos de la Junta de Gobierno 1. Los acuerdos que tome la Junta de Gobierno serán tomados por mayoría de votos, en caso de empate, el presidente o la presidenta tiene voto de calidad. Para que los acuerdos tomados por la Junta de Gobierno sean válidos, deben estar presentes la mitad más uno de sus integrantes, declarándose el quórum legal para la sesión.
Artículo 26
Ley de Asociaciones Intermunicipales del Estado de Jalisco· Título Segundo. CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIONES INTERMUNICIPALES › Capítulo II. De la Organización
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