De la Junta de Gobierno 1. La Junta de Gobierno estará compuesta por los presidentes y las presidentas municipales que conforman la asociación intermunicipal, así como la o las dependencias estatales y federales que se determinen en los estatutos, de conformidad con los fines para los que se creó. 2. Así mismo integra al respectivo representante del centro universitario de la Universidad de Guadalajara más cercano a su sede y un organismo de la sociedad civil relacionado con los temas más relevantes de la región de que se trate y que quedarán precisados en los estatutos correspondientes.
Artículo 22
Ley de Asociaciones Intermunicipales del Estado de Jalisco· Título Segundo. CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIONES INTERMUNICIPALES › Capítulo II. De la Organización
Conexiones dentro de la misma norma
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