Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo IIDel Embargo Administrativo

Código Fiscal del Estado de Jalisco · arts. 134 a 156

Artículos

  • Art. 134El procedimiento administrativo de ejecución procede cuando vencido el plazo establecido por las leyes fiscales, el contribuyente…
  • Art. 134-ALas autoridades fiscales podrán decretar el aseguramiento de los bienes o la negociación del contribuyente, dinero, metales…
  • Art. 135El ejecutor que designe la oficina en que sea radicado el crédito fiscal, se constituirá en el domicilio del deudor y practicará…
  • Art. 136El deudor, o en su defecto, la persona con quien se entienda la diligencia, tendrá derecho a designar los bienes que deben…
  • Art. 137El ejecutor podrá hacer la designación de bienes que deban embargarse o asegurarse, si el deudor no lo hace o si los señalados no…
  • Art. 137-ALa inmovilización que proceda como consecuencia del embargo de depósitos a 53 que se refiere el artículo anterior, derivado de…
  • Art. 138Si los bienes señalados por la traba de ejecución están ya embargados por otras autoridades no fiscales o sujetos a cédula…
  • Art. 139Si al designarse bienes para el embargo administrativo, se opusiere un tercero fundándose en el dominio de ellos, no se…
  • Art. 140Quedan exceptuados del embargo: I. El lecho cotidiano y los vestidos del deudor y de sus familiares; II. Los muebles de uso…
  • Art. 141Cuando se embarguen negociaciones comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas y se practique intervención con cargo a la…
  • Art. 142El ejecutor trabará ejecución en bienes bastantes para garantizar el crédito fiscal pendiente de pago, los gastos de ejecución y…
  • Art. 143El embargo de créditos será notificado personalmente por el ejecutor, a los deudores de lo embargado, para que haga el pago de…
  • Art. 144Cuando se aseguren dinero, metales preciosos, acciones, bonos o cualquier otro título de crédito o de valores, y alhajas u…
  • Art. 145Las sumas de dinero objeto de embargo, así como el importe de los frutos y productos de los bienes embargados o hasta el 25% de…
  • Art. 146Si el deudor o cualquier otra persona impidiere materialmente al ejecutor el acceso al domicilio de aquél, o al lugar en que se…
  • Art. 147Si durante el embargo administrativo, la persona con quien se entienda la diligencia no abriere las puertas de las…
  • Art. 148Cualquier otra dificultad que se suscite tampoco impedirá la prosecución de la diligencia de embargo. El ejecutor la subsanará…
  • Art. 149Los jefes de las oficinas ejecutoras, bajo su responsabilidad, nombrarán y removerán libremente los depositarios, quienes tendrán…
  • Art. 150El depositario, sea administrador o interventor, desempeñará su cargo dentro de las normas jurídicas en vigor, con todas las…
  • Art. 151Si las medidas urgentes que dicten los depositarios interventores en los casos previstos en la fracción VIII del artículo…
  • Art. 152Para que surta efectos contra terceros el embargo de derechos reales o posesorios sobre bienes inmuebles o de negociaciones de…
  • Art. 153El Servicio Estatal Tributario de Jalisco, podrá ampliar el embargo en cualquier momento del procedimiento de ejecución, cuando…
  • Art. 154Terminada la diligencia de embargo, el ejecutor devolverá el expediente al Jefe de la Oficina de Recaudación Fiscal, para que…
  • Art. 155Son gastos de ejecución, las erogaciones que efectúen las Oficinas de Recaudación Fiscal del Estado para requerir el cumplimiento…
  • Art. 156Los gastos de ejecución, se harán efectivos por las oficinas de recaudación fiscal, en su caso, conjuntamente con el crédito…