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Capítulo II

De Ganadería (Especiales, abrogada) · arts. 7 a 24

Artículos

  • Art. 7Son autoridades competentes para aplicar esta Ley: I. El Ejecutivo del Estado; II. El Departamento de Agricultura y Ganadería…
  • Art. 8Compete al Departamento de Agricultura y Ganadería en lo que concierne al Ramo, entre otras, las siguientes atribuciones: I.…
  • Art. 9El Departamento de Agricultura y Ganadería en la medida de sus posibilidades presupuestales, en coordinación con la Federación…
  • Art. 10En la misma forma a que se refiere el artículo anterior se procurará el establecimiento de postas zootécnicas con sementales de…
  • Art. 11Las granjas se encargarán de: I. Producir animales de razas puras para el mejoramiento de los ganados de la zona de influencia…
  • Art. 12Las postas zootécnicas tendrán a su cargo las siguientes funciones: I. Proporcionar servicios de monta, con sementales de razas…
  • Art. 13El Departamento de Agricultura y Ganadería oyendo la opinión de las Asociaciones Ganaderas y de la Unión Ganadera del Estado…
  • Art. 14El Departamento de Agricultura y Ganadería llevará un registro, en el que anotará las fechas en que fueron cubiertas las hembras…
  • Art. 15Los animales “de registro” que se introduzcan o críen dentro del Estado, serán inscritos en el libro especial que llevará el…
  • Art. 16Los animales “de registro” que se destinen al servicio de apareamiento, con fines lucrativos, deberán ser reconocidos por un…
  • Art. 17Los ganaderos, por conducto de sus Asociaciones podrán colaborar económica y técnicamente en el mantenimiento y correcto…
  • Art. 18Es obligatoria la inspección del ganado y sus productos para verificar: su sanidad, el pago de los impuestos y la comprobación de…
  • Art. 19La inspección tendrá lugar: I. En el ganado que se encuentre en el campo o estacionado; previo aviso de cuarenta y ocho horas…
  • Art. 20Para los efectos de este Capítulo, el Estado de Jalisco, se divide en 5 zonas, que comprenden los Municipios de: ZONA NORTE…
  • Art. 21La inspección a que se refiere este capítulo será realizada por inspectores de zona y por inspectores locales. Los inspectores de…
  • Art. 22Para ser Inspector de Zona se requiere ser ciudadano mexicano; tener título legalmente expedido para ejercer la Medicina…
  • Art. 23Son deberes y atribuciones de los Inspectores de Zona: I. Visitar las Presidencias Municipales de su jurisdicción, para conocer y…
  • Art. 24Los Inspectores Locales deberán reunir, los mismos requisitos que los Inspectores de Zona, pudiendo no ser Médicos o Pasantes…