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Título QuintoDel Registro Estatal Único de Proveedores y Contratistas

Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 127 a 141

Artículos

  • Art. 127El RUPC – Generalidades. 1. En lo concerniente a los contratistas, la Secretaría coadyuvará con la Secretaría de Planeación…
  • Art. 128El RUPC – Inscripción y refrendo. 1. Las personas interesadas en inscribirse en el RUPC, deben solicitarlo a la Secretaría…
  • Art. 129El RUPC – Cédula. 1. La cédula de contratista es el documento que identifica a la persona física o jurídica con aptitud para…
  • Art. 130El RUPC – Suspensión y cancelación. 1. La Contraloría está facultada para suspender y cancelar el registro del contratista en el…
  • Art. 131El RUPC – Clasificación. 1. El RUPC clasificará a los contratistas en las siguientes secciones: I. Obra Pública o Servicios; II.…
  • Art. 132El RUPC – Actividad profesional. 1. En la sección de Obra Pública o Servicios, se anotará la actividad profesional del…
  • Art. 133El RUPC – Especialidad. 1. En la sección de especialidad se anotará el tipo de obra o servicio que el contratista se considere…
  • Art. 134El RUPC– Capacidad técnica. 1. En la sección de Capacidad Técnica se clasificará a los contratistas de acuerdo a los recursos…
  • Art. 135El RUPC – Capacidad Económica. 1. En la sección de Capacidad Económica se anotará el capital contable que acredite el interesado.…
  • Art. 136El RUPC – Experiencia. 1. La experiencia se mide por el tiempo que lleva el contratista ejerciendo como constructor de obra…
  • Art. 137El RUPC – Historial de cumplimiento. 70 1. El historial de cumplimiento mide el desempeño que ha tenido el licitante en la…
  • Art. 138El RUPC – Tiempo de registro. 1. El tiempo que lleve un contratista registrado en el RUPC solo tendrá valor estadístico, por…
  • Art. 139El RUPC – Documentación. 1. Los contratos y demás elementos que la persona anexe para su registro en el RUPC en los términos del…
  • Art. 140El RUPC – Consulta. 1. La Secretaría a petición de los entes públicos les informará los nombres de las personas inscritas en el…
  • Art. 141El RUPC – Ingeniería y servicios básicos. 1. Se podrá omitir la valoración binaria de la experiencia o especialidad del…