Capítulo XDe los Certificados e Informes
Del Registro Público (Civiles, abrogada) · arts. 151 a 167
Artículos
- Art. 151Cuando se solicite un certificado para acreditar la solvencia de una persona que vaya a otorgar fianza judicial o ante…
- Art. 152Los Registradores harán constar su objeto al pié de todo certificado, que se expide para los fines a que se refiere el artículo…
- Art. 153Los Encargados del Registro, satisfechos los requisitos necesarios, están en la obligación de dar a quien lo soliciten en un…
- Art. 154Cuando en la solicitud o mandamiento no se exprese si el certificado ha de ser literal o en relación, se hará literal.
- Art. 155Las certificaciones de asientos de todas clases relativas a bienes determinados, comprenderán todas las inscripciones de…
- Art. 156Las certificaciones de asientos de clase determinada, comprenderán todos los de la misma que no estuvieren cancelados, con…
- Art. 157Cuando las solicitudes de los interesados o los mandamientos de las autoridades no expresen con bastante claridad y precisión la…
- Art. 158En igual forma se procederá siempre que se tuviere duda sobre los bienes a asientos a que debe referirse la certificación, aun…
- Art. 159Siempre que deba comprenderse en las certificaciones un asiento de presentación. Por hallarse pendiente la inscripción del título…
- Art. 160Cuando alguno de los asientos que deba comprender la certificación estuviere relacionado con otro, se inscribirán ambos a la…
- Art. 161Los certificados de libertad se extenderán sustancialmente en estos o análogos términos: “Como encargado del Registro Público del…
- Art. 162Cuando un certificado o informe debe referirse a un inmueble no inscrito en los libros del Registro, por haber sido su valor…
- Art. 163El certificado de propiedad que deba expedirse conforme a la Ley, para que con él pueda el propietario hacer ventas por endoso…
- Art. 164Los Encargados del Registro Público, cobrarán los siguientes honorarios: I. Por cada inscripción que se haga en cualquiera de las…
- Art. 165Los interesados expensarán las estampillas que sean necesarias para los actos que les conciernen, así como cualquier gasto que se…
- Art. 166Los actos del Registro que interesen exclusivamente al Estado o a sus Municipios, es decir, sin intervención de particulares, no…
- Art. 167En toda constancia que salga de la Oficina se anotará al margen de los derechos y gastos que haya originado, citándose la…