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Capítulo IIDe los Derechos y Obligaciones de los Sujetos

Código Fiscal del Estado de Jalisco · arts. 48 a 64

Artículos

  • Art. 48Los interesados directamente en situaciones reales y concretas que planteen consultas sobre la aplicación de las leyes y…
  • Art. 49Las promociones o solicitudes que se formulen a las autoridades fiscales deberán reunir los siguientes requisitos: I. Que se…
  • Art. 50Las personas físicas, así como las personas jurídicas establecidas en el territorio del Estado, que habitualmente realicen…
  • Art. 51Los particulares inscritos en el Registro Estatal de Contribuyentes, en los términos del artículo 50 de este Código, deberán…
  • Art. 52La solicitud de inscripción deberá presentarse ante la autoridad fiscal competente o ante aquella que, mediante reglas de…
  • Art. 53Para los efectos del artículo 51 de este Código, se considera que cambia el nombre de las personas físicas, cuando en el acta de…
  • Art. 54Se entiende que hay cambio de domicilio, cuando el contribuyente o retenedor se establezca en lugar distinto del manifestado en…
  • Art. 55Los avisos de suspensión y de cancelación de actividades deberán presentarse ante la autoridad fiscal competente, o ante aquella…
  • Art. 55-ALos avisos a que se refieren los artículos 50 y 51 de este Código, que se presenten en forma extemporánea, surtirán sus efectos a…
  • Art. 56Las personas físicas o jurídicas que, teniendo sus domicilios fiscales fuera del Estado, establezcan dentro del territorio del…
  • Art. 57Cuando en la solicitud de inscripción al Registro Estatal, o en los avisos correspondientes, se hubiese incurrido en errores u…
  • Art. 58Las oficinas de recaudación fiscal del Estado recibirán las solicitudes de inscripción o avisos de modificación en el Registro…
  • Art. 59Las resoluciones favorables a los particulares no podrán ser revocadas o nulificadas por las autoridades administrativas. Cuando…
  • Art. 60Los sujetos que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligados a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente: I. La…
  • Art. 60-ALos sistemas y registros contables deberán satisfacer como mínimo los requisitos que permitan: I. Identificar cada operación…
  • Art. 61Los sujetos pasivos y los responsables solidarios, en los casos que establezcan las leyes fiscales, tendrán obligación de…
  • Art. 62Las personas obligadas a presentar declaraciones tienen derecho de presentar declaraciones complementarias, aclarando o…
  • Art. 63Las declaraciones, manifestaciones o avisos, deberán ser firmados por el sujeto pasivo o por sus representantes legales, quienes…
  • Art. 64Los contribuyentes que, con motivo de las operaciones realizadas, deban expedir o recabar documentación comprobatoria, deberán…