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Capítulo XIIDe los Exámenes, Calificaciones y Certificados de Estudios

Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada) · arts. 99 a 118

Artículos

  • Art. 99A fines de cada bimestre, los profesores de las escuelas primarias oficiales, sin alterar la distribución del tiempo, procederán…
  • Art. 100Cada alumno obtendrá una calificación por cada materia que comprenda el curso respectivo, menos por la clase de Moral práctica…
  • Art. 101La calificación en cada materia se anotará con las cifras 0, 1, 2, 3 y 4, cuya significación es la siguiente: 0 ......... .. mal…
  • Art. 102Antes de procederse al cómputo de las calificaciones parciales, los directores de las escuelas se impondrán de aquellas, y en…
  • Art. 103A las calificaciones anteriores se agregará una para la conducta y otra para la aplicación, teniendo en cuenta el comportamiento…
  • Art. 104Para la calificación general se sumarán las calificaciones parciales de cada alumno, la suma se dividirá por el número de…
  • Art. 105Todas las calificaciones parciales, así como la general y las de conducta y aplicación, se harán constar en el registro…
  • Art. 106Los directores de las escuelas oficiales expedirán una boleta para cada alumno, en la cual consten las calificaciones obtenidas…
  • Art. 107Los exámenes bimestrales serán colectivos para cada sección o año escolar.
  • Art. 108Los exámenes de fin de curso serán públicos y tendrán el carácter de repeticiones generales de las materias tratadas durante el…
  • Art. 109El jurado de los exámenes de fin de curso en las escuelas primarias oficiales se formará con el profesor del año que se examine…
  • Art. 110Al dar principio el examen, el profesor de grupo que se examine presentará, ante el jurado, el respectivo programa a que se haya…
  • Art. 111El jurado tendrá el carácter de calificador por lo que respecta al aprovechamiento general del grupo y a la extensión de la…
  • Art. 112La duración del examen para cada sección será la necesaria para que se practique un reconocimiento general, y se destinará a cada…
  • Art. 113El examen de cada materia no pasará de media horra para los alumnos de 1º. y 2º. años, ni de una hora para los de los demás años…
  • Art. 114El trabajo diario durante los exámenes no excederá de seis horas, que se repartirán entre la mañana y la tarde, debiendo…
  • Art. 115Terminado el examen de cada año escolar, se levantará, por duplicado, el acta respectiva. Uno de esos ejemplares, así como las…
  • Art. 116A los alumnos o alumnas que hayan quedado aprobados en cualquiera de los años escolares, se les expedirá el certificado de…
  • Art. 117Los certificados de estudios a que se refiere el artículo anterior, serán expedidos por los directores o directoras de las…
  • Art. 118En los exámenes que sufrirán en alguna escuela oficial los niños a que se refiere el artículo 67 de la ley, se observarán los…