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Artículo 109

Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Segundo. De la Instrucción Primaria › Capítulo XII. De los Exámenes, Calificaciones y Certificados de Estudios

El jurado de los exámenes de fin de curso en las escuelas primarias oficiales se formará con el profesor del año que se examine, con el del año siguiente, al cual deberá pasar el alumno, y con el director de la escuela. Para el último año escolar y para el que tenga a su cargo el director, integrarán el jurado el profesor del año que se examine y uno o dos profesores extraños al establecimiento, nombrados especialmente por la autoridad escolar respectiva, según el caso.

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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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