Capítulo IISecciones y Libros del Registro
Del Registro Público (Civiles, abrogada) · arts. 21 a 30
Artículos
- Art. 21El Registro Público se compondrá de seis secciones denominadas: I. De títulos o documentos relativos a inmuebles o derechos…
- Art. 22En las secciones primera, segunda, tercera y cuarta, se llevarán libros en cada una, siguiendo la numeración que actualmente…
- Art. 23Cada Libro debe estar autorizado en la primera foja, después de la portada, por el Presidente Municipal del lugar, con la…
- Art. 24Los libros deberán estar foliados desde antes de presentarse a la autoridad y empastados en tafilete u otra materia resistente…
- Art. 25Además de los libros a que se refieren los Artículos anteriores, los Encargados del Registro llevaran uno de ’’Documentos…
- Art. 26También deberán llevar un índice general correspondiente a las secciones de la primera a la quinta relativo a limitaciones de…
- Art. 27Los índices a que se refiere el Artículo anterior deberán ordenarse alfabéticamente por los apellidos de las personas a cuyo…
- Art. 28Deberá llevarse además, un índice alfabético para cada municipalidad, ordenando las fincas rústicas por el nombre con que sean…
- Art. 29En las notas de los índices generales se expresará siempre la naturaleza del derecho a que se refiera la inscripción, las…
- Art. 30,- Los libros que actualmente forman el archivo común del Registro Público en la capital, estarán a la disposición y al cuidado…