El Registro Público se compondrá de seis secciones denominadas:
I. De títulos o documentos relativos a inmuebles o derechos reales, diversos de hipoteca o prenda;
II. De hipotecas, y prendas y créditos refaccionarios o que deban tener preferencia sobre el valor de un inmueble;
III. De arrendamientos;
IV. De resoluciones y diligencias judiciales o administrativas y de resoluciones de árbitros o arbitradores;
V. De sociedades, asociaciones y fundaciones de Beneficencia Privada; y VI. De testamentos.