Capítulo VIIIDe la administración de la sociedad legal
Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 226 a 249
Artículos
- Art. 226El dominio y posesión de los bienes comunes reside en ambos cónyuges mientras subsista la sociedad; y las acciones en contra de…
- Art. 227El marido o la mujer pueden enajenar y obligar a título oneroso los bienes muebles comunes, de los cuales sean titulares.
- Art. 228Los bienes inmuebles y los derechos reales pertenecientes al fondo social, no pueden ser obligados ni enajenados de modo alguno…
- Art. 229Derogado.
- Art. 230El marido no puede repudiar o aceptar la herencia común sin consentimiento de la mujer ni ésta sin consentimiento de aquel; pero…
- Art. 231La responsabilidad de la aceptación de un cónyuge sin que el otro la consienta o el juez la autorice, solo afectará los bienes…
- Art. 232Los cónyuges no pueden disponer por testamento sino de su mitad de gananciales.
- Art. 233Ninguna enajenación que de los bienes gananciales haga un consorte en contravención de la ley o en fraude del otro cónyuge…
- Art. 234Derogado.
- Art. 235Derogado.
- Art. 236Pueden los cónyuges pagar con los gananciales los gastos ordinarios de la familia según sus circunstancias, sin perjuicio de la…
- Art. 237El cónyuge que legalmente fuera fiador en los casos de separación de bienes responderá con los que tuviere propios; y en los…
- Art. 238Las deudas contraídas durante el matrimonio por ambos cónyuges, por el administrador o por el otro socio con autorización de…
- Art. 239Se exceptúan de lo dispuesto en el artículo anterior: I. Las deudas que provengan de delito de alguno de los cónyuges o de algún…
- Art. 240Las deudas de cada cónyuge anteriores al matrimonio son carga de la sociedad legal a falta de bienes propios en que hacerlas…
- Art. 241Si el socio administrador por su notoria negligencia torpe administración amenaza arruinar a la sociedad legal o disminuir…
- Art. 242Los créditos anteriores al matrimonio, en el caso de que el cónyuge obligado no tenga en que satisfacerlos, solo podrán ser…
- Art. 243Los acreedores del cónyuge deudor podrán también hacer uso, respecto de los bienes de éste, del derecho que conceden los…
- Art. 244Son carga de la sociedad los atrasos de las pensiones o réditos devengados durante el matrimonio, de las obligaciones a que…
- Art. 245También son carga de la sociedad los gastos que se hagan en las reposiciones indispensables para la conservación de los bienes…
- Art. 246Todos los gastos que se hicieren para la conservación de los bienes del fondo social, son carga de la sociedad.
- Art. 247Lo son igualmente el mantenimiento de la familia, la educación de los hijos comunes y la de los entenados que fueren hijos…
- Art. 248También es carga de la sociedad el importe de lo dado o prometido por ambos consortes a los hijos para su colocación, cuando no…
- Art. 249Son igualmente cargas de la sociedad los gastos de inventarios y demás que se causen en la liquidación y en la entrega de los…