Capítulo IISindicatos, federaciones y confederaciones
Ley Federal del Trabajo · arts. 356 a 385
Artículos
- Art. 356Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos…
- Art. 357Los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las…
- Art. 357 BisEl reconocimiento de la personalidad jurídica de las organizaciones de trabajadores y patrones, así como sus federaciones y…
- Art. 358Los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones, cuentan con los derechos de libre afiliación y de participación…
- Art. 359Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su…
- Art. 360Los sindicatos de trabajadores pueden ser: I. Gremiales, los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o…
- Art. 361Los sindicatos de patrones pueden ser: I. Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades; y II. Nacionales, los…
- Art. 362Pueden formar parte de los sindicatos, los trabajadores mayores de quince años.
- Art. 363No pueden ingresar en los sindicatos de los demás trabajadores, los trabajadores de confianza. Los estatutos de los sindicatos…
- Art. 364Los sindicatos deberán constituirse con un mínimo de veinte trabajadores o con tres patrones, por lo menos. En el caso de los…
- Art. 364 BisEn el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se…
- Art. 365Los sindicatos deben registrarse en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, a cuyo efecto remitirán en original y…
- Art. 365 BisEl Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral hará pública, para consulta de cualquier persona, debidamente actualizada…
- Art. 366El registro podrá negarse únicamente: I. Si el sindicato no se propone la finalidad prevista en el artículo 356; II. Si no se…
- Art. 367Se deroga
- Art. 368El registro del sindicato y de su directiva, otorgado por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, produce efectos…
- Art. 369El registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, podrá cancelarse únicamente: I. En caso de disolución; y II. Por…
- Art. 370Los sindicatos no están sujetos a disolución, suspensión o cancelación de su registro, por vía administrativa.
- Art. 371Los estatutos de los sindicatos contendrán: I. Denominación que le distinga de los demás; II. Domicilio; III. Objeto; IV.…
- Art. 371 BisLas elecciones de las directivas de los sindicatos estarán sujetas a un sistema de verificación del cumplimiento de los…
- Art. 372No podrán formar parte de la directiva de los sindicatos los trabajadores extranjeros. I. Se deroga. II. Se deroga.
- Art. 373La directiva de los sindicatos, en los términos que establezcan sus estatutos, deberá rendir a la asamblea cada seis meses, por…
- Art. 374Los sindicatos, federaciones y confederaciones, legalmente constituidos son personas morales y tienen capacidad para: I. Adquirir…
- Art. 375Los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les correspondan, sin perjuicio del…
- Art. 376La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que designe su directiva, salvo…
- Art. 377Son obligaciones de los sindicatos: I. Proporcionar los informes que les soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se…
- Art. 378Queda prohibido a los sindicatos: I. Intervenir en asuntos religiosos; y II. Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de…
- Art. 379Los sindicatos se disolverán: I. Por el voto de las dos terceras partes de los miembros que los integren; y II. Por transcurrir…
- Art. 380En caso de disolución del sindicato, el activo se aplicará en la forma que determinen sus estatutos. A falta de disposición…
- Art. 381Los sindicatos pueden formar federaciones y confederaciones, las que se regirán por las disposiciones de este capítulo, en lo que…
- Art. 382Los miembros de las federaciones o confederaciones podrán retirarse de ellas, en cualquier tiempo, aunque exista pacto en…
- Art. 383Los estatutos de las federaciones y confederaciones, independientemente de los requisitos aplicables del artículo 371…
- Art. 384Las federaciones y confederaciones deben registrarse ante la Autoridad Registral. Es aplicable a las federaciones y…
- Art. 385Para los efectos del artículo anterior, las federaciones y confederaciones remitirán por duplicado: I. Copia autorizada del acta…