Capítulo IDe la presentación de los informes
Reglamento General de Fiscalización en Materia Electoral · arts. 28 a 35
Artículos
- Art. 28Informes – generalidades. I. Los partidos deberán entregar a la Unidad de Fiscalización los informes del origen y monto de los…
- Art. 29Informes trimestrales. 1. Los informes trimestrales deberán ser presentados a más tardar dentro de los treinta días siguientes a…
- Art. 30Informes mensuales y semestrales. 1. Los informes mensuales y semestrales deberán ser presentados a más tardar dentro de los diez…
- Art. 31Informes anuales. 1. Los informes anuales deberán ser presentados a más tardar dentro de los sesenta días siguientes al último…
- Art. 32Gastos en actividades específicas y para el desarrollo del liderazgo político de las mujeres. 1. Se registrarán los gastos…
- Art. 33Precampañas y procesos internos. 1. Se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los partidos…
- Art. 34Informes de campaña. 1. Los informes de campaña deberán ser presentados a más tardar dentro de los sesenta días siguientes…
- Art. 35Procesos extraordinarios. 1. En términos del artículo 97 del Código, en casos de excepción y previo acuerdo del Consejo General…