Capítulo CuartoDE LA CONTABILIDAD
Reglamento de la Ley del Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público · arts. 25 a 32
Artículos
- Art. 25El sistema de contabilidad gubernamental que tendrá a su cargo la Secretaría comprenderá la captación y registro de las…
- Art. 26Las Entidades llevarán su propia contabilidad con base en las normas, instructivos y reglas generales que emita la Secretaría…
- Art. 27Para la contabilización de las operaciones con base acumulativa la Secretaría y Entidades deberán observar lo siguiente: I.…
- Art. 28Las Entidades que utilicen sistemas de registro electrónico de contabilidad deberán: I. Comunicar por escrito a la Secretaría…
- Art. 29La Secretaría y las Entidades registrarán anualmente, como asiento de apertura en los libros principales y registros auxiliares…
- Art. 30Será responsabilidad de la Secretaría y las Entidades la confiabilidad de las cifras consignadas en cada una de sus…
- Art. 31La Secretaría será la responsable de custodiar el archivo contable de la documentación soporte de los ingresos y gastos que…
- Art. 32La Secretaría y las Entidades, para la formulación de la cuenta pública deberán considerar la siguiente información: 7 I. Balance…