Capítulo IITRÁMITES PARA OBTENER LICENCIAS O PERMISOS PARA CONDUCIR
Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco · arts. 121 a 126
Artículos
- Art. 1211. Para obtener licencia o permiso como trámite nuevo para operar o conducir vehículos se requerirán los siguientes requisitos…
- Art. 1221. Para obtener refrendo o reposición de licencia o permiso para persona menor de edad para operar o conducir vehículos se…
- Art. 1231. En el caso de robo, extravío o deterioro de la licencia se podrá solicitar la expedición de un duplicado o reposición previo…
- Art. 1241. En caso de tener 75 años o más, para el trámite de licencia nueva o refrendo, además de los requisitos señalados en el numeral…
- Art. 1251. En el caso de expedición de los permisos, la vigencia de éstos no podrá ser mayor de un año y perderá la vigencia cuando se…
- Art. 1261. No se expedirá o refrendará licencias en los siguientes casos: I. Cuando el solicitante se encuentre impedido por resolución…