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Capítulo CuartoEXPEDICIÓN DE LICENCIAS

Ley para Regular la Venta y el Consumo de Bebidas Alcohólicas del Estado de Jalisco · arts. 23 a 31

Artículos

  • Art. 231. Para los efectos de esta ley, se entiende por licencia la autorización que otorga el Ayuntamiento para la operación y el…
  • Art. 241. La expedición de licencias o permisos, se regula de conformidad a la ley estatal en materia de 7 procedimiento administrativo…
  • Art. 251. El municipio debe verificar constantemente que los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas cumplan con lo dispuesto…
  • Art. 261. El servidor público que deliberadamente retrase trámites u omita la entrega de la licencia, incurre en responsabilidad, en los…
  • Art. 271. Las licencias deben ser otorgadas por giro, precisando el carácter principal o accesorio del mismo y no por domicilio. 2. Las…
  • Art. 281. Las licencias de funcionamiento, conforme a esta ley, son personales e intransferibles y no pueden ser objeto de actos de…
  • Art. 298 1. Las licencias a que se refiere esta ley tienen una vigencia anual que coincide con el año calendario y pueden ser…
  • Art. 301. Cuando una misma persona física o jurídica sea propietaria o poseedora de varios establecimientos debe presentar solicitud por…
  • Art. 311. No debe otorgarse licencia para operar los establecimientos a que se refiere esta ley, cuando el solicitante haya sufrido…