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Capítulo VIIDe la votación

Ley Electoral (1870) (Electorales, abrogada) · arts. 61 a 73

Artículos

  • Art. 61Instalada la mesa, se procederá a hacer la elección que corresponda, teniéndose preparada al efecto una ánfora capaz de contener…
  • Art. 62Antes de comenzarse a votar, el presidente de la mesa anunciará que se da principio a la elección, y luego empezará a recibirse…
  • Art. 63Cada ciudadano que vote dirá en voz< alta su nombre, y entregará su cédula al presidente, quien también en voz alta le dará…
  • Art. 64Cuando se trate de nombrar Gobernador e insaculados, en una sola cédula serán votados todos estos funcionarios; en una sola…
  • Art. 65La votación se estará recibiendo hasta las cuatro de la tarde, a cuya hora el presidente anunciará que se procede a la…
  • Art. 66Ningún voto se admitirá por poder, pues el derecho de votar sólo puede ejercerse personalmente por quien lo tenga.
  • Art. 67En la votación no se admitirá ninguna cédula que no esté impresa o escrita de una manera inteligible, o que contenga mas número…
  • Art. 68Ninguna cédula se escribirá dentro de la casilla, pues los ciudadanos deben llevarlas preparadas con anticipación. Tampoco se…
  • Art. 69Para que se admita una reclamación contra el voto de algún ciudadano, porque se diga que no tiene derecho de votar según el art.…
  • Art. 70Si el ciudadano contra quien la reclamación se hace se conforma, el voto no será admitido, destruyéndose la cédula. Si no se…
  • Art. 71Cuando por falta de fiscales tenga el derecho de reclamar cualquiera ciudadano, derecho que en ningún caso tendrán los que…
  • Art. 72Siempre que por los fiscales de las convenciones se observe que no se cumple por los individuos de la mesa con las prescripciones…
  • Art. 73Lo dicho en el final del artículo anterior no priva a los fiscales ni a los ciudadanos de su derecho para pedir que se declare…