Capítulo IIIDe las Obligaciones y Derechos de los Afiliados, Pensionados y sus Beneficiarios
Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco · arts. 19 a 24
Artículos
- Art. 19Para que los afiliados, pensionados y sus beneficiarios puedan recibir o, en su caso, seguir disfrutando de las prestaciones y…
- Art. 20Los derechos de los afiliados y sus beneficiarios a recibir las prestaciones y beneficios que esta Ley otorga, nacen…
- Art. 21Los trabajadores que sean sujetos del régimen de las entidades centralizadas de esta Ley deberán ser afiliados al Instituto en…
- Art. 22Con la finalidad de acreditar el carácter de los afiliados, pensionados o sus beneficiarios, el Instituto determinará medios de…
- Art. 23Las pensiones que otorga esta Ley a favor de los afiliados, pensionados y sus beneficiarios son inembargables, salvo los casos de…
- Art. 24Es nula de pleno derecho toda renuncia, enajenación, gravamen o cualquiera otra transacción que impida o limite el derecho a la…