Capítulo SegundoDEL CONSEJO DE VOCALES
Ley de Salud Mental y Adicciones del Estado de Jalisco · arts. 49 a 56
Artículos
- Art. 49El Consejo cuenta, además de su estructura operativa, con un Consejo de Vocales que funciona como órgano colegiado de opinión y…
- Art. 50El Consejo de Vocales tiene las siguientes atribuciones: I. Colaborar y servir de órgano de consulta permanente para el…
- Art. 51Las personas integrantes del Consejo de Vocales tienen las siguientes atribuciones: I. Asistir y participar en las sesiones del…
- Art. 52La Secretaría Técnica tendrá las siguientes atribuciones: I. Someter a consideración de la Presidencia el orden del día de las…
- Art. 53El Consejo de Vocales celebrará sesiones ordinarias 4 veces por año, debiendo remitir la convocatoria a los integrantes del…
- Art. 54El Consejo de Vocales sesionará válidamente y serán válidos sus acuerdos con la asistencia de la mitad más uno de sus…
- Art. 55En todas las sesiones del Consejo de Vocales se debe levantar acta que contenga los acuerdos tomados, la cual deberá ser aprobada…
- Art. 56El Consejo de Vocales podrá formar comisiones especializadas, permanentes o transitorias, conformadas por integrantes del Consejo…