El Consejo de Vocales sesionará válidamente y serán válidos sus acuerdos con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes, debiendo estar presente invariablemente la persona titular de la Presidencia y la persona titular de la Secretaría Técnica; sus resoluciones se aprobarán por mayoría de votos, y en caso de empate, la Presidencia tendrá voto de calidad.
En caso de que, transcurridos quince minutos de la hora convocada para el desahogo de las sesiones, sean ordinarias o extraordinarias, no se integre el quórum señalado en el párrafo que antecede, se debe declarar desierta la misma y realizar una segunda convocatoria.
El desahogo de la sesión en segunda convocatoria se llevará a cabo con las y los consejeros presentes, siendo válidas las decisiones que se tomen.