En todas las sesiones del Consejo de Vocales se debe levantar acta que contenga los acuerdos tomados, la cual deberá ser aprobada por el mismo para que sea firmada únicamente por la persona titular de la Presidencia y la persona titular de la Secretaría Técnica del Consejo.
Artículo 55
Ley de Salud Mental y Adicciones del Estado de Jalisco· Título Quinto. DE LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES › Capítulo Segundo. DEL CONSEJO DE VOCALES
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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