Capítulo IIIDisposiciones Especiales para la Escuela Normal Mixta
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada) · arts. 240 a 257
Artículos
- Art. 240Para impartir la instrucción en la Escuela Normal Mixta el Ejecutivo nombrará los siguientes profesores o profesoras con sus…
- Art. 241Los profesores adjuntos de las clases de Ciencias físico-químicas y de Física y Meteorología, de Nociones de Ciencias Naturales y…
- Art. 242Los profesores adjuntos de las clases de Dibujo, Solfeo, Canto coral y estudio del armónico, Gimnasia, Gimnasia y Ejercicios…
- Art. 243Los alumnos y alumnas de 3º, 4º, 5º y 6º años, harán, cuando lo juzguen conveniente los profesores de Metodología aplicada y de…
- Art. 244Diez faltas a las conferencias pedagógicas de que habla el artículo 71 de la ley, harán perder el derecho a examen ordinario con…
- Art. 245No serán objeto de examen ordinario, pero sí de calificación los trabajos caligráficos, manuales y de dibujo, ni las labores…
- Art. 246Los exámenes extraordinarios de esas materias se efectuarán haciendo los jurados trabajar en su presencia a los examinados.
- Art. 247No habrá cuestionario para los exámenes de 1er. curso de Francés ni de 1º y 2º cursos de Ingles, porque esos cursos serán…
- Art. 248Los exámenes ordinarios de Gimnasia y ejercicios militares serán colectivos. Obligaciones especiales del personal
- Art. 249La dirección de la Escuela Normal Mixta estará siempre encomendada a una profesora y la subdirección y secretaría a un profesor.
- Art. 250Además de esos empleados, habrá en la Escuela una prefecta, tres celadoras, una escribienta-celadora, dos mozos y dos criadas.
- Art. 251Es obligación especial de la directora remitir al Ejecutivo, dentro de los cinco primeros días de cada mes, un resumen de las…
- Art. 252Son atribuciones especiales de la directora y obligaciones especiales del subdirector-secretario, de la prefecta, celadoras…
- Art. 253Las solicitudes para las pensiones a que se refiere el artículo 129 de la ley, se presentarán al Ejecutivo durante el mes de…
- Art. 254Si la anterior solicitud fuere declarada en regla y otorgada la pensión por el Ejecutivo, la comunicación en que ello se…
- Art. 255Los alumnos y alumnas pensionados tienen la obligación de cursar los cuatro primeros años de estudios normales; pero podrán, si…
- Art. 256Las pensiones se perderán: I. Por faltar a clase más de tres veces en un mes, sin causa justificada; II. Por obtener, en…
- Art. 257Por cada falta a clase, no justificada, se descontarán cincuenta centavos a los alumnos y alumnas pensionados