Los alumnos y alumnas pensionados tienen la obligación de cursar los cuatro primeros años de estudios normales; pero podrán, si lo desean y mediante informe de la directora apoyando su solicitud, obtener pensión durante dos años más, hasta que adquieran el título de profesores de Instrucción Primaria Superior.
Artículo 255
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Tercero. De la Instrucción Secundaria y Profesional › Capítulo III. Disposiciones Especiales para la Escuela Normal Mixta
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