Capítulo XXVIRecurso de Revisión
De Hacienda Municipal (Fiscales, abrogada) · arts. 115 a 128
Artículos
- Art. 115Procede la revisión contra: I. Las resoluciones de los Tesoreros Municipales sentando la base impositiva; II. Las resoluciones de…
- Art. 116La revisión debe interponerse dentro de los diez días de notificada la resolución recurrida, presentando escrito ante la misma…
- Art. 117El Comité Municipal de Revisión se integrará cada año durante el mes de enero, en la forma siguiente: I. Por el Secretario del…
- Art. 118La autoridad revisora examinará desde luego si el recurso fue interpuesto en tiempo. Cuando el recurrente lo haya solicitado…
- Art. 119Si dentro de quince días, contados desde la expiración del término a que se refiere el artículo anterior, no se ha dictado…
- Art. 120Entre tanto dure la tramitación del recurso a que se refiere este Capítulo, se suspenderá el cobro de los créditos fiscales que…
- Art. 121Constituida cualquiera de las garantías a que se refiere el artículo anterior, se levantará el embargo que se hubiere practicado…
- Art. 122El depósito se constituirá en la Sucursal o Agencia autorizada del Banco de México; y a falta de éste en una casa comercial…
- Art. 123La hipoteca deberá constituirse sobre bienes que, deducido el importe de sus gravámenes, tengan un valor que exceda cuando menos…
- Art. 124Los muebles en que se pretenda constituir la prenda deberán representar un valor cuando menos igual al duplo del interés fiscal.
- Art. 125Las fianzas deberán llenar los requisitos que exige el Código Civil para las fianzas legales o judiciales; pero en el caso de que…
- Art. 126Cuando la Oficina que siga el procedimiento de apremio a que se refiere la fracción V del artículo 115 sea distinta a la…
- Art. 127La revisión interpuesta contra un procedimiento de apremio puede intentarse por la vía administrativa o por la judicial. Adoptada…
- Art. 128En la vía judicial, la revisión se tramitará en la forma establecida por el Código de Procedimientos Civiles para los juicios…