Capítulo IIDe las Notificaciones
Codigo Fiscal del Estado (1976) (Fiscales, abrogada) · arts. 200 a 215
Artículos
- Art. 200Las notificaciones a los particulares de citatorios, emplazamientos, solicitudes de informes o documentos y las de acuerdos o…
- Art. 201Los acuerdos distintos de los señalados en el artículo anterior, podrán ser notificados por medio de oficio o telegrama.
- Art. 202Las notificaciones personales se harán en el último domicilio que la persona a quien se deba notificar, haya señalado ante las…
- Art. 203Las notificaciones por oficio se harán en el domicilio que el interesado haya señalado para el efecto al iniciar alguna…
- Art. 204Las notificaciones por edictos se realizarán haciendo publicaciones que contendrán un resumen de las resoluciones por notificar…
- Art. 205Las notificaciones a las Autoridades, se harán en la forma que señala el artículo 201 de este Código.
- Art. 206Las notificaciones surtirán sus efectos al día hábil siguiente al en que se haya hecho la notificación personal o entregado el…
- Art. 207La manifestación que haga el interesado o su representante legal, de conocer un acuerdo o resolución, surtirá efectos de…
- Art. 208En los términos fijados en días por las disposiciones generales o por las autoridades, se computarán sólo los hábiles. Los…
- Art. 209Salvo que las disposiciones legales respectivas o resoluciones, señalen una fecha para la iniciación de los términos, éstos se…
- Art. 210Se considerarán días hábiles sólo aquellos en que se encuentren abiertas al público las oficinas fiscales durante el horario…
- Art. 211La vigilancia de los tributos, tendrá por objeto investigar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y en su caso determinar…
- Art. 212A fin de realizar dicha vigilancia, las autoridades fiscales podrán: I. Practicar visitas en el domicilio o dependencia de los…
- Art. 213Cuando al realizarse actos de inspección se descubran bienes cuya tenencia, producción, explotación, transportación y…
- Art. 214Las visitas domiciliarias para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, se sujetarán a las siguientes reglas: I.…
- Art. 215En los casos en que al practicarse una visita, auditoría, inspección o revisión, los propietarios o encargados presentes se…