Sección SegundaDel Funcionamiento del Consejo Tarifario
Reglamento para la Constitución, Integración y Operación SIAPA Chapala · arts. 16 a 22
Artículos
- Art. 16El Consejo Tarifario podrá constituir Comisiones Técnicas para la realización o supervisión de estudios específicos. Dichas…
- Art. 17El Consejo Tarifario podrá invitar a participar a sus sesiones a funcionarios públicos relacionados con sus funciones, así como a…
- Art. 18El Consejo Tarifario sesionará ordinariamente cada tres meses, y de manera extraordinaria en cualquier tiempo cuando haya asuntos…
- Art. 19El Consejo Tarifario sesionará válidamente con la asistencia de las dos terceras partes de sus miembros, con excepción de lo…
- Art. 20Cualquier integrante del Consejo que faltare tres veces consecutivas, sin causa justificada, a las Sesiones a que haya sido…
- Art. 21Las resoluciones del Consejo Tarifario se aprobarán con el voto favorable de la mayoría calificada de sus miembros, respecto a…
- Art. 22De todos los acuerdos que se tomen en las sesiones del Consejo Tarifario, se levantará un acta que firmarán el Presidente, el…