El Consejo Tarifario podrá invitar a participar a sus sesiones a funcionarios públicos relacionados con sus funciones, así como a expertos en la materia. En todos los casos, tendrá únicamente derecho a voz.
Artículo 17
Reglamento para la Constitución, Integración y Operación SIAPA Chapala· Título Segundo. Del Consejo Tarifario › Capítulo II. De la Integración y Funcionamiento del Consejo Tarifario › Sección Segunda. Del Funcionamiento del Consejo Tarifario
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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