Sección QuintaDe la Depuración del Padrón Electoral
Ley Electoral (1987) (Electorales, abrogada) · arts. 106 a 111
Artículos
- Art. 106‑ La depuración y actualización permanente del padrón electoral tiene como propósito mantener su fidelidad y confiabilidad. Los…
- Art. 107‑ Las dependencias de la Administración Federal, Estatal y Municipal, a solicitud del Registro Estatal de Electores, deberán…
- Art. 108‑ La depuración es el procedimiento, mediante el cual, se excluye del padrón a los ciudadanos que: I. Hayan fallecido; II. Se…
- Art. 109‑ Los jueces que dicten resoluciones relacionadas con algunos de los supuestos previstos en el artículo 6 de esta Ley, así como…
- Art. 110‑ Las Delegaciones Municipales del Registro Estatal de Electores, colocarán las listas de las personas excluidas del padrón, como…
- Art. 111‑ Para los efectos de lo dispuesto en este capítulo, el titular del Poder Ejecutivo del Estado podrá celebrar convenio con la…