Capítulo XIVDe las actas de ausencia, presunción de muerte y pérdida o limitación de la capacidad legal para Administrar Bienes
Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco · arts. 117 a 121 Bis
Artículos
- Art. 117Las autoridades judiciales que declaren la ausencia, la presunción de muerte, la pérdida o limitación de la capacidad legal de…
- Art. 118Las actas a que se refiere el artículo anterior contendrán: el nombre, apellidos, edad, estado civil, nacionalidad y Clave Unica…
- Art. 119Cuando se presente la persona declarada ausente o cuya muerte se presumía o se recobre la capacidad para administrar bienes, se…
- Art. 120Las certificaciones de las copias y extractos de las actas y documentos que obren en los archivos de la Dirección General del…
- Art. 121Los extractos certificados de las actas del estado civil de las personas, contendrán cuando menos un resumen con los requisitos…
- Art. 121 BisEn el Registro de Deudores Alimentarios Morosos se harán las inscripciones a que se refiere el artículo 440 del Código Civil para…