Capítulo VDel Consejo Consultivo
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 52 a 59
Artículos
- Art. 52Consejo Consultivo - Integración 1. El Consejo Consultivo es un órgano de consulta y asesoría del Instituto, el cual se integra…
- Art. 53Consejo Consultivo - Funcionamiento 1. El Consejo requiere de la asistencia del Presidente del Consejo Consultivo, y la mitad de…
- Art. 54Consejo Consultivo-Atribuciones 1. El Consejo Consultivo tendrá las siguientes atribuciones: I. Fungir como órgano de consulta y…
- Art. 55Consejo Consultivo - Presidente 1. El Presidente del Consejo tiene las siguientes atribuciones: I. Representar formal y…
- Art. 56Consejo Consultivo - Requisitos 1. Para ser integrante del Consejo Consultivo se requiere: I. Ser ciudadano mexicano, en pleno…
- Art. 57Consejo Consultivo - Periodo 1. Los integrantes del Consejo Consultivo durarán en el cargo tres años y pueden ser electos por un…
- Art. 58Consejo Consultivo - Propuesta de aspirantes 1. La elección de los comisionados presidente y ciudadanos del Instituto se regirá…
- Art. 59Consejo Consultivo - Suplencia Consejeros 1. Cualquier ausencia será cubierta por el suplente respectivo.