Capítulo IIDe la competencia
Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco · arts. 4 a 12
Artículos
- Art. 4Corresponde a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial el ejercicio de las siguientes facultades: I. Celebrar…
- Art. 5Corresponde a la Secretaría de Educación: I. El fomento y difusión de las actividades ecológicas y que propicien una cultura de…
- Art. 6Corresponde a la Secretaría de Salud del Estado de Jalisco: I. Vigilar que el manejo de animales se realice en condiciones que no…
- Art. 7Corresponde a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural: I. Otorgar, a través del inspector de ganadería, las órdenes de…
- Art. 7 BisCorresponde a las Agencias del Ministerio Público en materia de violencia contra los animales: I. Auxiliarse de peritos del…
- Art. 7 TerCorresponde a la Fiscalía Estatal en coordinación con los municipios, las siguientes facultades: I. Crear y operar la Unidad…
- Art. 8Corresponde a los municipios el ejercicio de las siguientes facultades: I. La celebración de convenios de colaboración con las…
- Art. 9A quienes con motivo de la explotación de su giro comercial deban poseer algún animal de manera permanente, en su caso, se…
- Art. 10Cuando por cualquier motivo los animales queden bajo la responsabilidad de las autoridades, serán alimentados y se procurará…
- Art. 11Tratándose de animales domésticos que hayan sido ingresados a los centros de control animal, éstos tendrán la obligación, en los…
- Art. 12La captura de animales domésticos en la vía pública sólo puede realizarse cuando los animales deambulen sin dueño aparente, y que…