Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 3

Ley de Educación del Estado Libre y Soberano de Jalisco· Título Primero. Del derecho a la educación › Capítulo I. Disposiciones generales

La autoridad educativa estatal fomentará la participación de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo y, en general, de todo el Sistema Educativo Estatal, para asegurar que éste extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones de Jalisco, a fin de contribuir al desarrollo económico, social y cultural de sus habitantes.

Vigilancia y aplicación de la Ley y glosario 1

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 1, 8, 12, 36, 60, 95, 105, 116, 141, 144