Capítulo VIDe los Apoyos económicos
Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco · arts. 89 a 94
Artículos
- Art. 89La Comisión Intersecretarial con la participación del Consejo Estatal, propondrá la asignación de estímulos fiscales y apoyos a…
- Art. 90Los apoyos económicos que se otorguen se destinarán prioritariamente a las regiones, actividades, comunidades, productores y…
- Art. 91Los apoyos económicos que proporcione el Ejecutivo del Estado, estarán sujetos a los criterios de generalidad, temporalidad y…
- Art. 92Los apoyos que se otorguen estarán dirigidos, entre otros, a los siguientes fines: I. La creación, rehabilitación, adquisición y…
- Art. 93Los apoyos que se otorguen a los productores en cumplimiento a lo dispuesto por este ordenamiento, impulsarán la productividad y…
- Art. 94El otorgamiento de apoyo a los productores observará los siguientes criterios: 23 I. Dar certidumbre de temporalidad, quedando…