Sección SegundaDel Diagnóstico
Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco · arts. 79 a 83
Artículos
- Art. 79Para el diagnóstico e identificación de enfermedades y plagas, así como para la constatación de biológicos, químicos…
- Art. 80La Agencia podrá autorizar laboratorios privados para su auxilio, en la realización de pruebas de laboratorio y generación de…
- Art. 81A través de los esquemas de coordinación que se establezcan entre la federación y el Estado de Jalisco, éste podrá hacerse cargo…
- Art. 82Será facultad de la Agencia supervisar, inspeccionar y normar la operación técnica de los laboratorios aprobados o autorizados en…
- Art. 83Los resultados que emitan los laboratorios aprobados o autorizados en materia de sanidad, inocuidad y calidad agroalimentaria…