Será facultad de la Agencia supervisar, inspeccionar y normar la operación técnica de los laboratorios aprobados o autorizados en el Estado.
Artículo 82
Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco· Título Quinto. De la Prevención, Control y Erradicación de Riesgos a la Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria › Capítulo I. De la Prevención › Sección Segunda. Del Diagnóstico
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