Capítulo IDe las reglas generales en materia de infraestructura, equipamiento y servicios urbanos
Código Urbano para el Estado de Jalisco · arts. 206 a 221
Artículos
- Art. 206La planeación, construcción y operación de la infraestructura, el equipamiento y los servicios públicos estará sujeta a la…
- Art. 207La infraestructura y el equipamiento en los centros de población se generará y operará, con la concurrencia del Gobierno Estatal…
- Art. 208Las acciones, programación, promoción, financiamiento, ejecución y operación de las obras de infraestructura y equipamiento, se…
- Art. 209Las entidades públicas y privadas podrán promover ante el Gobierno Estatal, las Instancias de Coordinación y los Ayuntamientos…
- Art. 210El emplazamiento de redes e instalaciones de infraestructura básica, incluyendo sus derechos de paso y franjas de protección; los…
- Art. 211Al Ayuntamiento que expida el plan o programa donde se autorice la determinación de reservas, le corresponderá promover, regular…
- Art. 212Toda acción urbana que requiera infraestructura para su incorporación o liga con la zona urbana, así como aquellas acciones…
- Art. 212 BisEn los Centros de Población es responsabilidad de la autoridad estatal encargada de la vialidad y la movilidad, identificar las…
- Art. 213Las obras de infraestructura básica las promoverá el ayuntamiento de manera directa, o podrá transferirlas a quienes realicen la…
- Art. 214Los urbanizadores aportarán, realizando las obras o mediante convenio con el Ayuntamiento, a la construcción o mejoramiento de la…
- Art. 215Es de utilidad pública la expropiación de las áreas y predios necesarios para conectar una urbanización en proyecto y otras zonas…
- Art. 216Cuando para conectar una urbanización en proyecto, con otras zonas urbanizadas, sea necesario abrir acceso o conducir servicios…
- Art. 217Las obras ejecutadas en los supuestos del artículo anterior y los terrenos afectados, pasarán a ser del dominio municipal y éste…
- Art. 218Cuando en un predio por urbanizar existan obras o instalaciones de servicios públicos, en el Proyecto definitivo de urbanización…
- Art. 219En el caso de que se cause daño o deterioro a las obras o instalaciones existentes sean de propiedad pública o privada, durante…
- Art. 220Cuando una empresa u organismo público o privado realice obras de infraestructura o equipamiento como aportación de su proyecto…
- Art. 221Las empresas u organismos públicos o privados que obtengan autorización del Gobierno del Estado o del Ayuntamiento conforme al…