Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo IIDe las actas de nacimiento

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 46 a 65

Artículos

  • Art. 46La declaración de nacimiento se hará por el padre, por la madre, o ambos, dentro de los 180 días siguientes a éste. El infante…
  • Art. 47Los médicos, cirujanos y matronas que hubieren asistido al parto, tienen también obligación de dar aviso del nacimiento al…
  • Art. 48Las personas que estando obligadas a declarar el nacimiento, lo hagan fuera del término fijado, serán castigadas con una multa de…
  • Art. 49Derogado.
  • Art. 50El acta de nacimiento contendrá el año, mes, día, hora y lugar de nacimiento, el sexo del registrado, el nombre que se le ponga…
  • Art. 51Cuando al presentar el menor, el padre o la madre exhiba copia certificada del acta de matrimonio, se asentarán a éstos como sus…
  • Art. 52En los casos de hijos nacidos fuera de matrimonio, además de los datos de los padres que concurrieren al acto, se harán constar…
  • Art. 53Si el padre o la madre no pudieren concurrir ni tuvieren apoderado, pero solicitaren ambos o alguno de ellos la presencia del…
  • Art. 54Si el hijo fuese habido de una relación adulterina podrá asentarse el nombre del padre, casado o soltero, si lo pidiere; pero no…
  • Art. 55Cuando el hijo nazca de una mujer casada que viva con su marido, en ningún caso ni a petición de personal alguna, podrá el…
  • Art. 56Podrá reconocerse al hijo habido de una relación incestuosa. Los progenitores que lo reconozcan tienen derecho de que conste su…
  • Art. 57Toda persona que encontrare un recién nacido, o en cuya casa o propiedad fuere expuesto alguno, deberá presentarlo al Oficial del…
  • Art. 58La misma obligación tienen los responsables de los Reclusorios Preventivos, Centros de Readaptación Social y de cualquiera casa…
  • Art. 59En las actas que se levanten en los casos de los artículos precedentes, se expresarán todos los datos que se puedan obtener de…
  • Art. 60Si con el expósito se hubieren encontrado papeles, alhajas u otros objetos que puedan conducir al reconocimiento de aquél, se…
  • Art. 61Se prohibe absolutamente al Oficial del Registro Civil y a los testigos que conforme al artículo 50 deben asistir al acta, hacer…
  • Art. 62El Oficial del Registro Civil que reciba alguna de las constancias a que se refieren los artículos 70 al 73, del Código Civil del…
  • Art. 63Si el nacimiento aconteciere durante un viaje por tierra, podrá registrarse en el lugar en que ocurra o en el domicilio de los…
  • Art. 64Si al dar aviso de un nacimiento, se comunicase también la muerte del recién nacido, se extenderán dos actas, una de nacimiento y…
  • Art. 65Cuando se trate de parto múltiple, se levantará una acta por cada uno de los nacidos, haciéndose constar las particularidades que…