Capítulo XVDe las Jornadas de Servicio
Reglamento de la Policía Estatal · arts. 83 a 87
Artículos
- Art. 83Las jornadas de servicio que deberán cubrir los policías estatales podrán establecerse dependiendo de las necesidades de los…
- Art. 84Las jornadas de servicio a que se refiere el artículo anterior, podrán ser en las siguientes modalidades: I. Veinticuatro horas…
- Art. 85En el caso de las partidas ubicadas de manera permanente en el interior del Estado, fuera de la Zona Metropolitana de…
- Art. 86Las jornadas de servicio, así como los periodos de descanso a que se refieren los artículos anteriores, serán asignados por el…
- Art. 87En eventos extraordinarios que afecten la seguridad pública, la tranquilidad del Estado, así como en casos de siniestros o…