Las jornadas de servicio que deberán cubrir los policías estatales podrán establecerse dependiendo de las necesidades de los servicios que deban cubrirse, del estado de fuerza de la corporación y de los acontecimientos y eventos en el estado.
Artículo 83
Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo XV. De las Jornadas de Servicio
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