Capítulo IIREGLAS GENERALES PARA LA CIRCULACIÓN
Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco · arts. 61 a 65
Artículos
- Art. 611. En las vías de comunicación urbana, suburbana o carreteras de todos los centros de población en el Estado, las personas…
- Art. 621. En las vías de comunicación urbana, suburbana o carreteras de todos los centros de población en el Estado, las personas…
- Art. 631. La Secretaría de Seguridad y los Municipios podrán remitir a los depósitos públicos o autorizados, los vehículos, cajas y…
- Art. 641. Es motivo de la aplicación del retiro de la circulación de un vehículo, como medida de seguridad, no contar con los requisitos…
- Art. 651. Las vías públicas y banquetas deberán estar libres de cualquier obstáculo u objeto que impida, dificulte u obstruya el…