Sección PrimeraDisposiciones Generales
Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco · arts. 46 a 50
Artículos
- Art. 46La Comisión de Apelación tendrá las funciones y atribuciones establecidas en la Ley, el presente Reglamento y se regulará de…
- Art. 47La Comisión de Apelación tendrá la función de atender y resolver administrativamente las inconformidades que los integrantes del…
- Art. 48Los integrantes de la Comisión de Apelación serán elegidos al inicio de la administración del Poder Ejecutivo y durarán en su…
- Art. 49Los integrantes de la Comisión de Apelación deberán de sesionar mínimo tres veces al año y rendir un informe anual al Consejo…
- Art. 50Los integrantes de la Comisión de Apelación, deberán excusarse de conocer de algún recurso quedando en su caso el suplente…