Capítulo Noveno
Reglamento de Escalafón y Capacitación del Poder Legislativo · arts. 40 a 42
Artículos
- Art. 40Son factores escalafonarios: I. Aptitud; II. Antigüedad; III. Antecedentes; IV. Capacitación; y V. Conocimientos Se entiende: a)…
- Art. 41Para las promociones se tomarán los siguientes factores escalafonarios en la ponderación: Aptitud 30% Antigüedad 20% Antecedentes…
- Art. 42Si el Poder Legislativo cumplió con la obligación de capacitar a todos los trabajadores de la categoría inmediata inferior a…