Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Título SegundoLA SOLICITUD DEL CONGRESO CONSTITUYENTE

Ley Reglamentaria del Artículo 117 Bis de la Constitución Política del Estado de Jalisco · arts. 4 a 8

Artículos

  • Art. 41. Quien solicite la instauración del Congreso Constituyente en los términos del artículo 117 Bis de la Constitución, deberá…
  • Art. 51. Una vez que el Congreso del Estado reciba la solicitud de instauración del Constituyente, de conformidad a lo establecido en…
  • Art. 61. Revisada y verificada la Solicitud del Constituyente, la Comisión de Puntos, remitirá al Pleno del Congreso del Estado, el…
  • Art. 71. La Convocatoria para la elección establecerá las fechas y plazos para el proceso electoral, los términos y los requisitos de…
  • Art. 8Las autoridades electorales, previo a la emisión de la Convocatoria, aprobarán el cálculo y solicitud de presupuesto para el…