Capítulo IDe la Comisión Interinstitucional para Prevenir y Erradicar el Reclutamiento de Niñas, Niños y Adolescentes.
Ley para Prevenir y Erradicar el Reclutamiento de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco · arts. 9 a 13
Artículos
- Art. 9De la coordinación entre autoridades. 1. La Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de…
- Art. 10De la integración. 1. La Comisión se integrará por las siguientes autoridades: I. El Titular del Ejecutivo del Estado, o su…
- Art. 11Del Secretario Técnico. 1. El Secretario Técnico, será nombrado por el presidente de la Comisión con derecho a voz y sin voto…
- Art. 12De las sesiones. 1. La Comisión sesionará por lo menos cada dos meses, será válida cada sesión con la presencia de la mayoría de…
- Art. 13De las atribuciones. 1. La Comisión tendrá las siguientes atribuciones: I. Emitir El Programa; II. Diseñar, implementar y evaluar…