Capítulo IIEstructura y atribuciones de la Plataforma
Ley Orgánica que crea al Organismo Público Descentralizado denominado Plataforma Abierta de Innovación y Desarrollo de Jalisco · arts. 6 a 15
Artículos
- Art. 6La Plataforma contará con la siguiente estructura orgánica: I. La Junta de Gobierno; II. Un Director; III. La estructura…
- Art. 7La Plataforma tendrá las siguientes atribuciones: I. Ofrecer educación superior y continua en cualquier tipo, modalidad o nivel y…
- Art. 8La Junta de Gobierno será el órgano máximo de gobierno de la Plataforma y estará integrada por: I. El Gobernador del Estado o la…
- Art. 9El presidente de la Junta de Gobierno podrá invitar a participar a las sesiones a personas de la sociedad o de instituciones…
- Art. 10La Junta de Gobierno sesionará de manera ordinaria por lo menos una vez cada año, y de manera extraordinaria las veces que sean…
- Art. 11La Junta de Gobierno tiene las siguientes atribuciones: I. Establecer los sectores estratégicos del Estado de Jalisco a los…
- Art. 12El Director es el representante legal de la Plataforma y la autoridad administrativa y académica.
- Art. 13El Director será nombrado y removido libremente en cualquier tiempo por el Gobernador del Estado, durará en el cargo un periodo…
- Art. 14Son requisitos para ser Director los siguientes: I. Ser mayor de 30 años; II. Poseer cuando menos grado académico de maestría…
- Art. 15El Director tiene las siguientes atribuciones: I. Fungir como órgano ejecutivo de la Plataforma y dirigir su funcionamiento; II.…