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Artículo 11

Ley Orgánica que crea al Organismo Público Descentralizado denominado Plataforma Abierta de Innovación y Desarrollo de Jalisco· Capítulo II. Estructura y atribuciones de la Plataforma

La Junta de Gobierno tiene las siguientes atribuciones:

I. Establecer los sectores estratégicos del Estado de Jalisco a los cuales dirigirá sus servicios la Plataforma;

II. Aprobar las normas, disposiciones reglamentarias y lineamientos para la organización, funcionamiento académico, administrativo y financiero de la Plataforma;

III. Establecer los lineamientos de ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes;

IV. Establecer los términos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico, conforme a la normatividad aplicable;

V. Planear, desarrollar, evaluar y actualizar programas de superación y actualización para personal académico, administrativo y de soporte, dirigidos tanto a los integrantes de la Plataforma, como a la población en general;

VI. Diseñar, desarrollar, evaluar y actualizar sus planes y programas de estudio y ponerlos a consideración de la Secretaría para la validación correspondiente;

VII. Promover e instrumentar la evaluación, acreditación y certificación, por normas nacionales e internacionales, de la oferta educativa, programas y procesos estratégicos de la Plataforma;

VIII. Fijar las reglas generales de vinculación a las que deberá sujetarse la Plataforma para la ejecución de sus acciones;

IX. Estudiar y aprobar el anteproyecto del presupuesto anual de ingresos y de egresos de la Plataforma, mismos que remitirán a la dependencia cabeza de sector para su inclusión en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, así como aprobar la plantilla de personal;

X. Aprobar los planes y programas anuales de la Plataforma;

XI. Analizar, y en su caso, aprobar los estados financieros de la Plataforma;

XII. Aprobar el nombramiento, suspensión o cese de los dos niveles subsecuentes al del Director a propuesta éste, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;

XIII. Estudiar, y en su caso, aprobar, en su caso, los Sistemas de Gestión que le presente el Director;

XIV. Analizar las propuestas formuladas por el Director para otorgar distinciones, grados honoríficos y reconocimientos a las personalidades que, por su estrecha vinculación con la Plataforma y sus aportaciones al desarrollo de la educación y la competitividad del Estado;

XV. Evaluar el informe anual de actividades que rinda el Director, así como las matrices de indicadores para resultados y evaluar los avances y resultados de sus objetivos; y 4 XVI. Las demás que les sean conferidas en este ordenamiento y en las demás disposiciones aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.