Capítulo IIIDEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco · arts. 201 a 206
Artículos
- Art. 201Serán competentes para conocer de las responsabilidades de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado: I. El Supremo…
- Art. 202El procedimiento para determinar las responsabilidades de los servidores públicos del Poder Judicial del Estado se iniciará de…
- Art. 203Para la determinación de las responsabilidades a que se refiere este título deberá seguirse el siguiente procedimiento: I. Se…
- Art. 204Las faltas que se cometan por los servidores públicos del Poder Judicial, se sancionarán atendiendo a su gravedad, frecuencia y…
- Art. 205Con independencia de si el motivo de la queja da o no lugar a responsabilidad, el Presidente del Tribunal correspondiente o del…
- Art. 206Las resoluciones por las que el Pleno del Consejo de la Judicatura imponga sanciones administrativas consistentes en la…