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Capítulo IIDEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA

Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco · arts. 21 a 32

Artículos

  • Art. 21El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia lo integrarán su Presidente y los magistrados en funciones.
  • Art. 22Las sesiones del pleno serán públicas y por excepción reservadas, en los casos que así lo determine la ley, lo exija la moral o…
  • Art. 22 BisEn casos fortuitos o de fuerza mayor que impidan o hagan inconveniente la presencia física de los Magistrados en un mismo lugar…
  • Art. 23Son facultades del Pleno: I. Conocer de todas las controversias jurisdiccionales del orden penal, civil, de lo familiar y…
  • Art. 24Para que sesione el Supremo Tribunal en Pleno, se necesita la concurrencia de cuando menos las dos terceras partes de los…
  • Art. 25El Pleno o las comisiones, dentro de sus facultades y cuando lo estimen conveniente, podrán ordenar la comparecencia de cualquier…
  • Art. 26Las resoluciones del Pleno del Supremo Tribunal, serán autorizadas por el Secretario General de Acuerdos.
  • Art. 27En los asuntos de la competencia del Tribunal Pleno, no procede recusación de ningún género, ni excusa que no se funde en…
  • Art. 28Para el Tribunal Pleno y la Presidencia del Supremo Tribunal habrá un Secretario General de Acuerdos, un Oficial Mayor y el…
  • Art. 29Para ser Secretario General de Acuerdos se requiere: I. Ser mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos civiles y…
  • Art. 30Son obligaciones del Secretario General de Acuerdos las siguientes: I. Asistir a todas las sesiones plenarias; II. Transcribir en…
  • Art. 31Para ser Oficial Mayor se requieren los mismos requisitos para ser Secretario General de Acuerdos.
  • Art. 32Son obligaciones del Oficial Mayor: I. Suplir en sus faltas accidentales o temporales, al Secretario General de Acuerdos; II.…